1.- Recibir subvenciones o aportaciones.
2.- Recibir y otorgar encomiendas de gestión de o a las entidades consorciadas.
3.- Contratar y ejecutar hasta su conclusión obras, servicios, estudios y proyectos, personal y material; gestionar contratos hasta su extinción, liquidación y cancelación de garantías.
4.- Constituir en su seno órganos específicos de contratación tales como Mesa de Contratación y Mesa Técnica.
5.- Proceder al establecimiento y derrama de las cuotas de conservación, instalación o funcionamiento con arreglo a los criterios que apruebe el Consejo de Dirección.